jueves, 16 de junio de 2011

democracia real

ESTO QUIZAS ES EL FUTURO.

democracia.
(Del gr. δημοκρατία).

1. f. Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno.

2. f. Predominio del pueblo en el gobierno político de un Estado


real1.
(Del lat. res, rei).

1. adj. Que tiene existencia verdadera y efectiva.


ya.
(Del lat. iam).

2. adv. t. Inmediatamente, ahora mismo.

Si de verdad queremos que las cosas cambien, tenemos que cambiarlas nosotros. Ellas solas no pueden. Ademas de las manifestaciones, de las acampadas y demás actos de ciudadanos en las calles, es conveniente utilizar lo que las mismas leyes ponen a nuestra disposición. 

En diciembre de 2008 una diputada de las Cortes Valencianas estaba de baja por maternidad en su domicilio. La Cámara le facilitó un sistema de firma digital que le permitía votar desde su casa. Y así lo hizo. Desde su casa y por internet. Voto siete leyes ese día. Entre ellas, la de los presupuestos generales del año siguiente de su comunidad autónoma.

Pensé que sí ella votaba desde su casa, yo también podía votar desde mi casa. 

Cuando triunfó la revolución francesa se optó por un sistema de democracia representativa, donde unos ciudadanos representarían a otros en un lugar, los parlamentos para, en su nombre, en nombre del pueblo, aprobar las leyes que debían regir los destinos de todo el pueblo. Por la sencilla y comprensible razón de que no cabíamos todos ni podíamos viajar todos.

Representan a la soberanía popular. Pero la soberanía popular es el pueblo. Todos los ciudadanos. Los diputados solo la representan.

Decidí pensar de que manera se podría hacer posible que yo, un ciudadano común, participara directamente en la toma de decisiones que me afectaban, es decir, en la aprobación de las leyes.  Como existe internet, podría hacerse un parlamento virtual, al igual que existe ya la oficina virtual de Hacienda, y puedo pagar impuestos y hacer declaraciones desde mi casa. Eso ya lo hago.

En junio de 2010 redacte un escrito de carácter administrativo, fundamentando en derecho, solicitando al Congreso de los Diputados que me permitiera participar en las votaciones de la Cámara. 

Les propuse que, ya que éramos 35 millones de ciudadanos mayores de edad, a los que representaban 350 diputados, cuando yo accediera vía internet al Congreso para votar, a cada uno de ellos se les descontara una pequeña cuota de representación, una treinta y cinco millonésima, que era la parte de soberanía que como ciudadano me correspondía.
Como todos los diputados representaban en conjunto a la soberanía popular, a todos se les restaba una pequeña parte, y así mi intervención era proporcional y justa. 

De esta manera, cuando fueran a votar la modificación de las pensiones, yo quería votar esa ley, directamente, por que me interesa. Solo había que añadir unos nueve decimales a los números del tablero de votaciones. 

Claro, que sí no era yo solo, si no cien mil ciudadanos, un escaño volvía al pueblo. Sus señorías continuarían siendo 350, pero sus votos valdrían 349, pues un escaño, un voto, volvía al pueblo, repartido entre cien mil ciudadanos. Y si éramos un millón los que entrábamos, pues diez escaños volvían a los ciudadanos. 

Desde el Congreso se me manda la ley a votar a mi correo, y se me informa de la hora en que será o hasta cuando puedo votar , fecha y hora. Introduzco mi DNIe en el sistema y se computa mi voto.

Simple. Democracia de verdad. Cuando estoy interesado, entro y voto. Y cuando no, que vote el diputado, que para eso se le paga. Sería supervisión pura.

RESUMIENDO: como mínimo se crea el derecho de veto para los ciudadanos de manera instantánea. Y no es que pudiéramos utilizarlo si una ley no nos gusta nada, que sí,  es que su mera existencia, el hecho de que millones de ciudadanos pudieran pronunciarse en tiempo real sobre una ley, y paralizarla, supondría, que por existencia de  la mera posibilidad,  que se cuidaría muy mucho el legislador de actuar correctamente y no de manera perjudicial para los ciudadanos como sucede ultimamente.

Pues bien, dicho escrito se encuentra en la comisión de garantías constitucionales del congreso de los diputados desde noviembre de 2010, y yo sigo esperando una respuesta, respuesta que deberían haberme dado a los tres meses, como dicen las leyes, pues no se permite en esta materia el silencio administrativo.

Como eso lo colgué en la red en su momento, fuimos bastantes ciudadanos los que iniciamos el procedimiento administrativo. Muchos expedientes en las cortes sin responderse. 

A esta petición se le dio el número de registro 140248.

Ahora es el expediente 280/002660/0000.

Solicito la colaboración de los ciudadanos para provocar una respuesta, como mínimo, a esta petición de participación directa inmediata en las votaciones. 

Como el Congreso no tiene sede electrónica, ni registro electrónico, como si tienen ya muchos ministerios, el escrito hay que mandarlo por correo certificado en un sobre y en un folio ordinario. 

Si de verdad los ciudadanos queremos cambiar las cosas, hay tres documentos debajo.

Uno es el modelo simple. PETICIÓN DE UN  CIUDADANO, UN VOTO. Ocupa un folio aproximadamente. Se rellena, se firma y se manda en sobre abierto desde una oficina de correos, con acuse de recibo. (EL DOCUMENTO 1º)

Otro es una modalidad muy simple de escrito, ME ADHIERO,  en el que el ciudadano simplemente puede manifestar que se adhiera al expediente. Es el tercero de los documentos, todos ellos en cursivas. (DOCUMENTO 3º)

Y el tercero, DEMOCRACIA 4.0, (segundo en el orden expuesto) es el texto original que están manejando los diputados y que no les ha gustado mucho,   no saben que hacer con él,  no quieren contestar. Son aproximadamente quince páginas, complejas, de texto jurídico, y quien tenga tiempo, puede leerlas.  Solo una advertencia: Todas las personas que lo han leído, ya no pueden volver a pensar como antes, ni pueden seguir creyendo en el sistema democrático actual, existiendo esta posibilidad.  (DOCUMENTO 2º)


HE COLGADO UNA MODALIDAD SENCILLA DE ENVIAR LA PETICIÓN AL CONGRESO, EN ACTUABLE, PERO NO PRODUCE EFECTO LEGAL ALGUNO, COMO SÍ LO HACE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EL CORREO O EL REGISTRO EN UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, CUALQUIERA, QUE SI LO PRODUCEN, Y HAN DE CONTESTAR. SE PUEDE PRESENTAR EN CUALQUIER OFICINA O REGISTRO PÚBLICO.

SI NO LES IMPORTA, ¿ME PUEDEN AYUDAR IMPRIMIENDO ESTO (LOS DOS TEXTOS CORTOS) Y MANDANDOLO POR CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO AL CONGRESO, O REGISTRANDOLO EN CUALQUIER ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ¿¿POR FAVOR??. ES QUE ESTO LES DA MAS MIEDO AÚN QUE LAS MANIFESTACIONES. LO DE ACTUABLE ES UNA ESPECIE DE CONTADOR, PARA SABER CUANTOS LO HAN HECHO.

COPIAR Y TRASLADAR A UN DOCUMENTO PARA IMPRIMIR SOLO LAS CURSIVAS:

DOCUMENTO 1º:

Palacio del Congreso de los Diputados

Florida Blanca S/N

28071, Madrid.

Expediente 280/002660/0000

A LA COMISIÓN DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. SOBERANÍA POPULAR, PODERES DEL ESTADO, EXPRESION DE LA VOLUNTAD POPULAR,
IMPERIO DE LA LEY
DEMOCRACIA 4.0, UN CIUDADANO, UN VOTO


……………….Ciudadano español con DNI .................cuyos datos expresamente
solicito sean reservados y amparados por el párrafo cuarto del artículo 4
de la Ley 4/2001, de 12 de noviembre, con domicilio a efectos de
notificaciones en la dirección de correo
electrónico        .......................        ,        o        en        la        calle
............................................,en nombre y representación
propia.

Ante el excelentísimo señor Presidente de la Comisión de Garantías Constitucionales del Congreso de los Diputados y todos sus miembros comparezco, y en virtud de lo establecido en el artículos 3, párrafo primero, y siguientes de la Ley 4/2001, en el
ejercicio del derecho fundamental de petición y en atención a los siguientes antecedentes FORMULO PETICIÓN que desarrollo a continuación.


Y, mediante la presente, pongo en su conocimiento la revocación expresa de
cualquier mandato representativo que derive del ejercicio de la soberanía
popular, y en virtud del cual y en lo atinente a mi persona, Sus Señorías
diputados de mi circunscripción electoral ejercen en mi nombre su función
en la conformación de la voluntad popular, cesando desde este momento toda
representación.

Por lo expuesto, porque esta al alcance de nuestra y su voluntad y de los
medios actuales con que cuenta el Estado, porque es posible que la
participación electrónica directa entre en funcionamiento de inmediato, y
porque lo ordena la Constitución, es por lo que, solemnemente digo, que
renegando en este acto del derecho de sufragio activo y, exigiendo el
derecho de voto activo

PIDO:

Se habiliten de forma inmediata los medios oportunos para que este
peticionario pueda ejercer su cuota de soberanía popular y pueda
participar directamente en los procedimientos que se tramiten en la Cámara
relativos a la aprobación, o no, ya sea en comisión, ya en pleno, de
cualquier norma con rango de ley.

Se cree la Sede Electrónica del Congreso de los Diputados, con sus
correspondientes registros electrónicos, volcándose en ella diariamente
todos los proyectos de ley y demás trabajos que hayan de ser sometidos a
la aprobación, o no, junto con los llamamientos públicos a realizar las
respectivas votaciones, con antelación suficiente. Se realicen las
comunicaciones pertinentes a mi persona de manera individual y fehaciente
de tales cuestiones, por medios electrónicos.

Se me facilite de manera inmediata los medios necesarios para ejercer en
la parte que me corresponde mi derecho de voto derivado del principio “Un
ciudadano, un voto” y en ejecución de mi cuota de soberanía (0’00000035).

Por ello, y de acuerdo con lo expuesto en los hechos y en los fundamentos
de derecho antes referenciados, exijo votar directamente las normas que
han de regir mis actos y el destino de mi persona, aquellas que determinan
el funcionamiento de las instituciones del Estado y las de presupuestos y
gasto público, entre otras, ejerciendo de manera efectiva el gobierno
democrático de la nación en la cuota que me corresponde.

Firma y fecha:








ESTO DE ARRIBA ES SUFICIENTE, EN EL CONGRESO YA SABEN DE QUE VA EL ASUNTO, ARRANCA EN 2010, Y SI SOMOS MUCHOS, LA PRESIÓN SERÁ INSOPORTABLE.

LO ANTERIOR DERIVA DE ESTO OTRO, QUE AUNQUE ES LARGO ES LA BASE DEL CAMBIO, POR SI ALGUIEN QUIERE LEER UN RATO:


Palacio del Congreso de los Diputados

Florida Blanca S/N

28071, Madrid.



.............., ciudadano español, con e-DNI ........, cuyos datos expresamente solicito sean reservados y amparados  por el párrafo cuarto del artículo 4 de la Ley 4/2001, de 12 de noviembre, con domicilio a efectos de notificaciones en la dirección de correo electrónico ............., y postal en calle............... 

, en nombre y representación propia. 

Ante el Excelentísimo Señor Presidente del Congreso de los Diputados y ante todos sus diputados comparezco, y en virtud de lo establecido en el artículo 3, párrafo primero, y siguientes de la Ley  4/2001, en el ejercicio del derecho fundamental de petición y en atención a los siguientes antecedentes FORMULO  PETICIÓN que desarrollo a continuación.

Antecedentes:

1º.- Las Cortes Valencianas modificaron en 2008 su Reglamento, introduciendo un quinto apartado en su artículo 81 en el que, para proceder a votar aquellas cuestiones de su competencia y en relación a la forma en que Sus Señorías pueden expresar su voluntad ante y en la Cámara, ya aprobando leyes, ya interviniendo en otro tipo de actos parlamentarios que requieran la manifestación de voluntad a través del voto, dice así:

“La votación podrá ser:
1º. Por asentimiento a la propuesta de la presidencia.
2º. Ordinaria.
3º. Pública por llamamiento.
4º. Secreta.
5º. (...) Las cortes podrán habilitar sistemas técnicos adecuados para garantizar el ejercicio del voto en el Pleno de la Cámara a aquellos diputados que, como consecuencia de encontrase en situación de permiso paternal o en proceso de larga enfermedad, no puedan asistir a sus sesiones” 

 Otros órganos de representación de los ciudadanos, como el Parlamento de Cataluña o el de Andalucía (Art. 85.7) han previsto en sus Reglamentos similares posibilidades de voto sin presencia física del votante, y algunas Diputaciones Provinciales están tramitando propuestas reglamentarias de las mismas características.


La finalidad de estas disposiciones legales es que el voto, acto principal en la conformación de la voluntad del órgano legislador, como voluntad popular y encarnación de la soberanía, que se actúa en los órganos legislativos que componen los representes del pueblo a través de la aprobación de las leyes y otras normas, pueda ser emitido y computado válidamente sin necesidad de la presencia física del representante popular (el Diputado) en la Cámara, Pleno, Comisión o hemiciclo donde se desarrolle la votación, caso de concurrir justa causa.   



2º.- En virtud de la norma mencionada, el día 16 de diciembre de 2008, se produjo un hecho de trascendencia histórica, no solo para la Comunidad Autónoma de Valencia. Se abrió jurídica, material, fáctica y políticamente un camino sin retorno hacia un nuevo modelo de sociedad.

Una diputada en las Cortes Valencianas pudo votar desde su domicilio, donde se encontraba a causa de baja por maternidad, utilizando como medio de hacer efectivo su voto en el órgano legislativo la Red. Internet. Lo hizo en tiempo real, votando en varias ocasiones, diversas propuestas, contribuyendo su voto a formar la mayoría necesaria para la aprobación de varias leyes, incluida la que contenía los Presupuestos anuales de la Administración Autonómica Valenciana para el año 2009. Así consta en el diario de sesiones. 

Como medio de identificación y a modo de credencial se utilizó una tarjeta plastificada que incorporaba un chip. El sistema telemáticos utilizado permitía que dicho instrumento con chip incorporado sirviera a modo de firma acreditativa de la identidad de la diputada votante y a la vez garantizaba el secreto del voto. Su base es la firma electrónica. Dicho documento es parecido al Documento Nacional de Identidad. DNIe o eDNI.(Aunque no es lo mismo pues este último no incorpora firma electrónica plena. Pero sirve de base.)
La relevancia jurídica, constitucional y política de este acontecimiento se explica por si sola. No ha sido necesaria la presencia física en la asamblea, cámara, comisión o hemiciclo, del titular del derecho de voto, del emisor del voto, para votar en el lugar donde se conforma la voluntad del pueblo, de los ciudadanos, para aprobar y legitimar la norma jurídica.  


3º.- Nuestro Ordenamiento Jurídico contiene una serie de normas que correcta y conjuntamente aplicadas determinan la obligación ineludible de tomar en consideración los hechos expuestos y actuar en consecuencia.

“La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.”
Preámbulo de la Constitución Española, vigente.

“1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.” 
Art. 1 de la Constitución.


“2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivasremover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.” 
Art. 9 de la Constitución.


“1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos,directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.” 
Art. 23 de la Constitución. Derecho fundamental.

Sin perjuicio de las normas que regulan nuestro derecho electoral, sin perjuicio de las normas que regulan el funcionamiento, composición, estructura y organización de los órganos de representación de los ciudadanos, a nivel estatal (Congreso y Senado, por ejemplo), autonómico y municipal, y sin perjuicio de que esas normas  justifican la existencia de esas instituciones y su función constitucional, política y social, nuestro Ordenamiento Jurídico, que trata de garantizar la convivencia de los ciudadanos y la formación de la voluntad popular a través de las leyes que el pueblo se dicta por medio de sus representantes populares  impone, sin lugar a dudas, la existencia de una forma de gobierno bien definida
La democracia, como forma de expresión de la voluntad de los ciudadanos y como forma de gobierno del pueblo. El gobierno de los hombres por los hombres a través de la Leyes que estos se dan.  Y la Constitución establece y exige su avance y su forma directa como fin. Logro que debe producirse y mandato constitucional dirigido a los poderes públicos.
4º.- Esa forma de gobierno, la democracia que impone nuestro Ordenamiento Jurídico, esta basada en la representación como elemento primordial.  Hasta ahora
La justificación histórica arranca de los siglos  XVIII y XIX. 
En agosto del año 1789 se produjo en Francia, un acontecimiento de enorme trascendencia, la publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que determinó el tránsito de una sistema basado en la soberanía de un solo hombre (monarca o dictador de normas) a otro basado en la soberanía del pueblo, de todos los hombres. Desde entonces los pueblos de la Tierra intentan gobernarse conforme a esos principios, basando sus actuaciones en la voluntad de los mismos pueblos.
Desde el siglo XIX los diferentes pueblos de la Tierra que intentaron seguir esos principios y esa forma de gobierno (la democracia fundada en la soberanía del pueblo), se organizaron de manera representativa. 
Dado el numero de personas interesadas (millones en cada pueblo, nación o estado), dadas las necesidades de gobierno y elaboración de las leyes que habían de regir el comportamiento de los hombres, dadas las dificultades de comunicación simultánea de todos los hombre entre sí y el tiempo que se tardaría en articular la expresión de la voluntad popular al modo de la antigua asamblea griega de los hombres libres, en la que se reunían todos  para decidir sobre su destino cuando así se requería, se optó por la creación y constitución de asambleas representativas en los diferentes pueblos, cuyos miembros se elegirían por toda la comunidad cada cierto tiempo y a los que se confería un mandato, para que actuaran en representación del mismo pueblo que los investía de autoridad. Encarnan la voluntad popular, y sus poder y legitimidad derivan del propio pueblo. 
En el siglo XIX pareció la opción mas inteligente y justa. 
Nuestro pueblo siguió dicho modelo, y en la actualidad nos basamos en él para gobernarnos.

5º.- Nos encontramos en el año 2010. Han transcurrido doscientos veinte años desde el 27 de agosto de 1.789. Es hora de hacer realidad el sueño de nuestro antepasados, el sueño de los pueblos gobernándose a si mismos. 
Es el momento de realizar aquello por lo que hemos luchado durante cientos de años:
Un ciudadano, un voto.
Ha llegado el momento de avanzar en la forma en que nos gobernamos. Ha llegado el momento de que los pueblos y sus ciudadanos decidan su destino directamente y sin intervención de representantes. Ha llegado el momento en que los hombres se hagan responsables de sus decisiones, y el momento en que sus decisiones sobre su destino sean tomadas por ellos mismos, de manera directa. Nuestra Constitución obliga.


Hoy es posible que los millones de hombres y mujeres que como ciudadanos componen los pueblos, los pueblos  soberanos, aquellos en los que reside el poder primigenio, decidamos y votemos nosotros mismos de manera directa las leyes que han de gobernarnos a todos.

Hoy la tecnología hace posible que todos los hombres  podamos comunicarnos en tiempo real, y que todos los ciudadanos podamos votar en tiempo real aquello que nos afecta de manera fundamental: nuestras leyes, las leyes.

6º.- Las bases materiales de esta nueva forma de gobernarnos son las siguientes:

Internet existe; antes no existía. Permite transmitir información en tiempo real, y también incorporar a esa información que se transmite manifestaciones de voluntad.
El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones públicas a promover el uso y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Esta tarea de promoción recibió un impulso legislativo con la reforma efectuada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, cuyo artículo 68 modificó el 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para habilitar la creación de registros electrónicos que facilitaran e impulsaran las comunicaciones entre las Administraciones públicas y los ciudadanos, modificando también el artículo 59 de la misma Ley, a fin de dar cobertura legal al régimen jurídico de las notificaciones practicadas por medios telemáticos.

Las previsiones legales fueron desarrolladas por los Reales Decretos 263/1996, de 16 de febrero, y 772/1999, de 7 de mayo, que, respectivamente, regulan para la Administración General del Estado la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, y la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones, así como la expedición de copias de documentos y la devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.

Estos reales decretos fueron modificados por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, que regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos, completado por la Orden PRE/1551/2003, de 10 de junio, que desarrolla su disposición final primera relativa a los requisitos técnicos de los registros y notificaciones telemáticas y prestación del servicio de dirección electrónica única. Con posterioridad el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, ha derogado expresamente el Real Decreto 263/196, de 16 de febrero y los artículos 14 a 18 del Real Decreto 722/1999, de 7 de mayo.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos se promulgó en la Administración, reconociendo la relación con las Administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y una obligación para tales Administraciones. Dicha Ley 11/2007, de 22 de junio, regula, en sus artículos 24, 25 y 26, el deber de crear registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones y el contenido de las normas de creación de los registros electrónicos.

Consecuencia de la evolución técnica y legislativa, conforme a las normas y a los servicios establecidos por el Estado, este ciudadano realiza en la actualidad actos jurídicos públicos que contienen declaraciones de voluntad y actos con contenido patrimonial plenamente eficaces, con plena validez jurídica y efectos públicos notorios, a través de Internet. Y los realiza desde el sillón de su despacho, oficina, o desde su casa, ante su ordenador, usando el eDNI (u otro medio o certificado digital de identificación, siendo el DNIe a los efectos de esta exposición meramente simbólico).  Entre ellos, el acto fundamental de todos los que los ciudadanos, en su calidad de tales, realizan y que permiten la existencia del Estado como tal desde el punto de vista material: pagar tributos o impuestos. A través de Internet. Si el ciudadano puede contribuir al sostenimiento del Estado desde su domicilio o desde cualquier otro lugar con conexión a Internet, de forma directa, mediante procedimientos electrónicos, debe poder participar en la aprobación de las normas que rigen ese mismo Estado de manera exactamente igual
Hoy día nuestro Estado, nuestro pueblo o nación, ha establecido la validez jurídica y material de una declaración de voluntad emitida por medios electrónicos. Y se han establecido medios que dotan de seguridad a tales actos. Los ciudadanos confiamos en los nuevos sistemas. No podemos ignorarlos, son beneficiosos para la sociedad y ahorran considerables cantidades de recursos materiales y de tiempo.
Sentadas esas bases no puede ignorarse tampoco que el acto de mayor importancia y trascendencia de nuestro pueblo, para el Estado como tal, y al que se destinan todos los recursos necesarios, sin escatimar medios, en el que colaboran todos los integrantes del mismo, desde jueces y fuerzas de seguridad hasta Correos, en el que no se deja ni el ultimo rincón del territorio sin cubrir y para el cual se hacen los esfuerzos que sean necesarios, sin discusión alguna, es  el de celebración de los procedimientos electorales. 
A nadie se le ocurriría en la actualidad justificar la privación del derecho electoral a elegir y del de ser elegido (SUFRAGIO) a ningún ciudadano, salvo a los privados de tales derechos por sentencias penales firmes o incapacitados civilmente. Ni tampoco se le ocurrirá a nadie justificar no establecer cualquier avance en la participación de todos los ciudadanos en los asuntos públicos (VOTO).

Todo nuestro sistema se fundamenta, descansa, se justifica y legitima en el procedimiento electoral, en las elecciones.
Expresan medianamente la soberanía popular. De la que emanan los poderes del Estado. Su poder, Señorías.

Es inevitable que los dos hechos o actos, la manifestación de voluntad del ciudadano con plena validez jurídica por medios electrónicos, y la expresión de la soberanía popular, se fusionen.

7º-Hasta la fecha, como ciudadano, nunca se me ha permitido ejercitar mi porción o cuota de soberanía directamente. Nunca he votado (voto). Solo he elegido (sufragio).
He participado en numerosos procesos electorales, desde mi mayoría de edad. He elegido a un representante en mi circunscripción electoral en las elecciones a las que he sido convocado como elector censado en el censo electoral. Después de cada elección, no he podido hacer nada mas. Esperar a la siguiente convocatoria electoral.

Considerando las circunstancias expuestas, la creación de la Sede Electrónica del Congreso de los Diputados y de su respectivo registro para los ciudadanos, del Senado y de las Cortes Generales, se hace cuestión inaplazable, de vital importancia para la legitimación del sistema democrático en su totalidad. Incomprensiblemente aún no existe ni funciona.
Puesta en funcionamiento inmediatamente  dicha sede electrónica, de manera similar a como multitud de organismos públicos están en la actualidad funcionado, debe el Congreso de los Diputados suministrarme en la dirección de correo electrónico que yo le facilito, toda la documentación e información necesaria para poder participar de manera directa, a través de los medios electrónicos antes mencionados, en cualquiera de las votaciones que se realicen en las Cámaras, de tal manera que mi voto, emitido electrónicamente, concurra a la formación de la voluntad que emana  de la soberanía popular, consistente en que yo, directamente, intervenga en el acto de aprobar o no los diversos proyectos de leyes, mociones, cuestiones; en pleno o en comisión; dar la confianza a los gobiernos, nombrarlos o censurarlos; aprobar o no los Presupuestos Generales, autorizar gastos o recortes del mismo, etc. 
Mediante comunicación telemática debo ser informado y convocado a cuantos actos sean procedentes relacionados con la emisión de mi voluntad al respecto de la actividad normativa y otras actividades constitucionales dependientes de la soberanía popular, de igual manera que los representantes populares lo son en la actualidad, facilitándome el Estado todos los medios materiales necesarios para ello, de igual forma que hasta ahora me ha facilitado una tarjeta del censo electoral, un colegio o sede con sus mesas, urnas y papeletas de partidos políticos junto con sobres en cada elección de representantes populares. En mi caso el Estado solo deberá facilitarme el acceso electrónico, abriendo el correspondiente portal o Web, pues yo mismo cuento con acceso a Internet, con eDNI, y solo necesito, materialmente, para ejercer mi cuota de soberanía, que se me procure su ejercicio.

Habiéndome facilitado los medios y la información (la misma que actualmente se da a grupos parlamentarios, mesas de la cámara y diputados), y concurriendo con mi participación a la conformación de la voluntad soberana, se me informe de los resultados de cada votación y se compute en el recuento de votos el voto emitido por mi persona.
Para el caso de que la petición exceda las posibilidades de comprensión y actuación de Sus Señorías, ruego que se remita la misma, para su estudio e informe, a los servicios jurídicos de la Cámara, y que se comunique a los servicios informáticos del Ministerio de Economía Y Hacienda para que a su vez estos informen a la cámara de los medios, métodos, costes  y modos de articular de manera real, segura y eficaz esta petición, con el menor coste para las arcas públicas, si ustedes no supieran como ejecutarlo. Y todo ello, respetando los plazos establecidos en la legislación aplicable (Ley 4/2001).




8º - Sí bien esta petición y la transformación que de ella se derive, así como la articulación de la participación directa y real en los procedimientos de aprobación de las normas,pueden hacerse extensibles al resto de los ciudadanos, es esa cuestión que no corresponde a este peticionario y suscribiente en el ejercicio de su derecho, reclamándose en este actomi participación directa de manera personal, individual y exclusiva, dependiendo de la voluntad de los actuales representantes populares decidir remodelar las actuales instituciones y establecer los mecanismos y medios adecuados, así como las correspondientes leyes de la manera que consideren apropiada.

En lo que a este ciudadano respecta, dado lo sencillo del mecanismo, lo económico de su implantación, y lo justificado y necesario de la petición, pido que la misma se actúe sin demora alguna con relación a mi persona. 

La ignorancia o negativa a acceder o hacer efectiva  la petición, así como la alegación de cualquier tipo de obstáculos o impedimentos insalvables, o su condicionamiento a premisas que la impidan o dificulten por parte del  órgano al que nos dirigimos, pudiera ser entendida como una denegación del derecho fundamental a participar directamente en los asuntos públicos, realizándose tal negativa y obstaculizándola precisamente por quienes están obligados a su promoción e implantación, desarrollo y aplicación, y aparentaría una intolerable apropiación de los asuntos públicos, en su mas amplio sentido constitucional, por parte de quienes actualmente detentan los cargos y puestos públicos, representantes de los ciudadanos, en perjuicio de los propios ciudadanos, que haría efectivo el viejo aforismo “Todo para el pueblo, pero sin el pueblo”.

Sí hoy es posible que todos los ciudadanos podamos emitir en cualquier momento y lugar nuestro voto para aprobar, o no, las mas importantes leyes de nuestro pueblo. Sí hoy es posible participar directamente en los asuntos públicos, en los mas importantes y transcendentes. Sí hoy es posible que el ciudadano directamente estudie la propuesta de Ley de Presupuestos y vote directamente su aprobación, o no. Sí es posible que todos los ciudadanos, computándose por millones los votos de hombres y mujeres necesarios para aprobar, o no, una ley, decidan su destino, y no sea este reducido a escaños, diputados o senadores, como se ha venido realizando hasta ahora. Si hoy todo ello es posible, impedirlo es impedir aquello que justifica su actual y propia existencia Señorías, convirtiéndose el órgano de representación popular en un obstáculo hacia una democracia plena.
Se trata, en esencia, de una cuestión de legitimidad. 
Las normas serán legítimas sólo si son respaldadas por el pueblo, los ciudadanos, directamente. Sino, no lo serán. 
Con la trascendencia que ello tiene.
La libertad de los hombres da un paso decisivo.


A tan extraordinaria petición le son de aplicación los siguientes 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DE DERECHO:

PRIMERO.- COMPETENCIA.- La petición se dirige al órgano que constitucionalmente tiene encomendada la competencia legal y funcional de proceder a realizar la petición solicitada, cual es facilitar y procurar la participación pedida, modificación e implantación de los medios necesarios para que el peticionario pueda ejercitar su cuota de soberanía directamente. Conforme al art. 2 de la Ley Orgánica reguladora del derecho de petición y Art. 77 de la Constitución.

SEGUNDO.- OBJETO.- La materia objeto de petición está comprendida dentro de las atribuciones del órgano al que nos dirigimos. Los Reglamentos de la institución atribuyen a la Cámara su autorregulación, lo que necesariamente comprende la posibilidad de crear su propia Sede Electrónica, y dentro de ella articular los medios para que el peticionario pueda votar electrónicamente la aprobación o no, de las normas y cuestiones que correspondan. Si pudiera parecer que existe un procedimiento distinto establecido en otras normas, ello es sólo apariencia, pues ninguna norma de nuestro ordenamiento permite articular el objeto de esta petición de manera jurídicamente distinta.

TERCERO.- DATOS y DOCUMENTOS.- Este ciudadano cuenta con datos, documentos y tecnología que permiten articular jurídica, informática, logística  y materialmente la petición manifestada, haciendo funcionar un sistema de expresión popular de democracia electrónica directa continua, tanto a titulo individual como colectivo, basado en el principio un hombre un voto, y en la intervención y participación  directa de los ciudadanos en los asuntos de interés publico y general. Se aportarán al procedimiento cuando, admitida a trámite la petición e iniciados sus efectos, sean solicitados por el órgano. No son imprescindibles para tramitar la petición, aunque el órgano constitucional pueda necesitarlos en un futuro si desea la implantación de los resultados de esta propuesta de manera general y para todos los ciudadanos. La petición se integra en que actúen el derecho de participación directa individual del peticionario; no que se produzca el cambio constitucional necesario para su actuación general y universal a todos los ciudadanos, no que comiencen el voto electrónico directogeneral de manera inmediata. Los medios necesarios están a disposición del Estado, siendo procedimientos y medios de carácter público.

CUARTO.- ADMISIBILIDAD OBJETIVA .- Como se indica en el fundamento segundo, puede erróneamente apreciarse que la petición tiene por objeto materia que no es objeto del derecho de petición. 

Puede argumentarse que, o bien se acuda a la iniciativa popular del art. 87.3 de la CE, o que para conseguir tal cambio, que pudiera o no  ser Constitucional, se logre el numero de escaños necesarios, mediante la participación en las correspondientes elecciones generales, y ello a través de un partido político. 

No. Es imposible legalmente. Cualquiera de las dos opciones.

La petición se fundamenta jurídicamente en las obligaciones constitucionales que se imponen a los poderes públicos, tal y como se ha expuesto en los antecedentes.

La petición tiene por objeto la “desaparición” de los órganos de representación popular siendo sustituidos por la participación directa del ciudadano en la toma de decisiones, como resultado final o “plena efectividad”, en términos de la propia ley reguladora del derecho.

 Luego, ninguna de las dos Cámaras estará dispuesta a tramitar una iniciativa de tal naturaleza (su posible desaparición) a través del procedimiento de iniciativa popular, cuestión esta indiscutible; por otra parte el objeto de la petición no está incluido en el ámbito legal y de competencias objeto de la iniciativa popular, ya que afecta a la esencia y estructura base del ordenamiento.

 Tampoco nos es posible ni necesario constituir un partido político con la finalidad última de hacer desaparecer las Cámaras, pues no se admitiría su registro y sería considerado ilegal. Incurriría en la prohibición del art. 9 de la Ley de Partidos Políticos, pues el objeto del partido sería estatutariamente e institucionalmente desconstruir el sistema democrático de representación en su concepción legal actual. El peticionario no está dispuesto a violar la ley bajo ningún concepto o excusa. Quiere actuar conforme a la misma. 

Por otra parte, sería contradictorio fundar un partido político para lograr precisamente (entiéndase esta expresión moderadamente, en el sentido de lo actual) que no haya partidos políticos parlamentarios (qué si que debería haberlos, pero distintos), al menos tal como se entienden en nuestro ordenamiento actual. 

No queda otra vía jurídica que pedir a los poderes públicos a los que nos dirigimos, no que cambien la Constitución, que está implícito en la petición para instaurar una democracia electrónica directa, sino que cumplan con el mandato constitucional, dándose los supuestos de hecho para que las normas produzcan su efecto jurídico:  procurar y facilitar, removiendo los obstáculos, la participación de este ciudadano directamente en los asuntos públicos y no por medio de sus representantes. 


Haciéndolo plenamente efectivo; ahora, no en un lejano mañana.


QUINTO.- ADMISIBILIDAD, INADMISIBILIDAD Y EFECTOS.- 

Admitida la petición y hecha efectiva, la articulación del ejercicio de la cuota de soberanía que corresponde a este ciudadano peticionario deberá hacerse de manera que el voto emitido sea computado de manera proporcional a la cuota correspondiente. Podría ser:

Atendiendo al número total de ciudadanos censados en el censo electoral con derecho a sufragio activo en la circunscripción electoral del peticionario en las últimas elecciones generales, atendiendo al numero de escaños atribuidos a tal circunscripción, deberá restarse a los enteros que ese numero determinado de escaños representa en el computo de los votos de la Cámara el número decimal equivalente a la parte que en ese número de escaños provincial represente, para su conformación,  el derecho de sufragio activo individual del peticionario, para determinar así su cuota de soberanía, y poder establecer su computación en el voto total de la Cámara.

A modo de ejemplo, si en la circunscripción electoral de la provincia del censo electoral del peticionario hubiera atribuido la ley electoral diez escaños, y hubiera un millón de ciudadanos censados con derecho de sufragio activo, habrá de restarse al entero que representa cada escaño la cienmilésima parte, obteniéndose así, por la suma del número total de escaños de la circunscripción, la cuota de soberanía del ciudadano peticionario.
Al sumar las fracciones, en el ejemplo, el resultado de la cuota del peticionario supondría una millonésima parte de la soberanía que legalmente emana de su circunscripción provincial.

Dicho procedimiento se debería aplicar a este peticionario en concreto y en relación a su circunscripción electoral, pero el mismo puede repetirse con otros ciudadanos peticionarios, aplicando los porcentajes correspondientes a su respectiva circunscripción. Realizándose así una transición regular hasta el momento en que el número crítico de ciudadanos que ejerzan directamente su cuota de soberanía muestre la innecesariedad y distorsión de la representatividad. Y todo ello ofrecería sobre votaciones reales producidas en el Pleno del Congreso de los Diputados la misma "falta" de representatividad que existe hoy. El voto del peticionario se computaría con un peso de 1/ 1.000.000 en su circunscripción y el de un peticionario de Soria valdría a efectos de computo en el pleno 1/80.000. No es eso un hombre, un voto. Por esa razón se hace uso del “podría”. Es”puede”:

 En este momento, las cifras a considerar serán las correspondientes al número de españoles titulares del derecho, 35.073.179 según datos del Ministerio de Interior de 2008, relacionados con los 350 escaños. Si, en el ejemplo, cien mil ciudadanos con derecho de sufragio activo de la circunscripción ejercen su derecho de voto, su cuota de soberanía, tal numero debiera computarse en una votación en la cámara como equivalente a un escaño. Así, en un supuesto de voto de todos los representantes, los trescientos cincuenta diputados, y ejerciendo cien mil ciudadanos su voto directo, el resultado podrá ser p.e.: a favor 178’60000, en contra, 171’40000. Como puede observarse al incluir a los decimales, a  los ciudadanos, el voto como número entero, el escaño, de un representante, de un diputado, desaparece del cómputo, no es necesaria su representación. 
Por ello, mi cuota de soberanía, dado que 350 es el número actual de representantes de la soberanía y todos me representan, y que de cada uno de los 350 escaños me corresponde la cuota 1/35.073.179, mi cuota será el resultado de multiplicar la treinta y cinco millonésima parte de soberanía de este peticionario por el número de escaños, los 350, y de esta manera mi voto se computará de manera perfecta y justa en cada votación.Esto si es un ciudadano, un voto




Actuado mi derecho, cada escaño contará con un valor de 0’99999999. Y mi voto tendrá en cada votación en el Pleno un valor de 0’0000035.(Las cifras expuestas son aproximadas, debiendo realizarse las operaciones matemáticas correctas al habilitarse mi derecho) 


Si hubiera mas peticionarios, deberá restarse a cada escaño una cuota de 0’00000001 al habilitarse el derecho de voto de cada peticionario, que supondrá igual cuota que la de este peticionario, 0’0000035.

 La petición puede no admitirse. Puede admitirse y no hacerse efectiva. Pero se ruega a Sus Señorías tengan en cuenta que, como hemos argumentado, la Red existe, y esta petición ya está en ella. 

Si Sus Señorías dicen no: 

Los ciudadanos pueden pensar que el sistema democrático actual es imperfecto y se habrá erosionado gravemente la legitimidad del órgano al que nos dirigimos. Esta propuesta lo perfecciona y complementa.

Aparentemente la democracia y la “soberanía popular” habrán quedado prisioneras en manos de los representantes populares, Sus Señorías, pues, teniendo la oportunidad de hacer la transformación solicitada por este ciudadano peticionario, y facilitar la participación del ciudadano directamente en los asuntos públicos, participar directamente en la expresión de la voluntad de la popular, en la aprobación o no de las leyes y en los presupuestos, así como en la concesión de confianza a los gobiernos o en su censura,  no la hacen.

Otra nación lo hará, antes o después, y nosotros mismos lo haremos. 
Decidan si entramos en una nueva edad histórica con su ayuda; o sin ella.

HASTA AQUÍ EL TEXTO QUE SE INTRODUJO EN EL CONGRESO EL 8 DE JUNIO DE 2010.

AHORA, A CONTINUACIÓN, EL DOCUMENTO Nº 3:

 FINALMENTE, UN MODELO SENCILLO PARA HACER LA REVOLUCIÓN COMO MANDAN LOS CÁNONES, DESDE EL SILLON:



Palacio del Congreso de los Diputados

Florida Blanca S/N

28071, Madrid.

DEMOCRACIA 4.0, Expediente 280/002660/0000
UN CIUDADANO, UN VOTO

A LA COMISIÓN DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. 

……………….,   ciudadano español con DNI .................cuyos datos expresamente
solicito sean reservados y amparados por el párrafo cuarto del artículo 4
de la Ley 4/2001, de 12 de noviembre, con domicilio a efectos de
notificaciones en la dirección de correo
electrónico        .......................        ,        o        en        la        calle
............................................,en nombre y representación
propia.

Ante el excelentísimo señor Presidente de la Comisión  y
todos sus miembros comparezco, y en virtud de lo establecido en el
artículos 3, párrafo primero, y siguientes de la Ley 4/2001, en el
ejercicio del derecho fundamental de petición y en atención a los
siguientes antecedentes FORMULO PETICIÓN que desarrollo a continuación.

De acuerdo con el art. 73 de la ley 30/92 solicito que se me tengan por adherido y se acumule este escrito al procedimiento que se tramita con el número de expediente 280/002660/0000


Fecha y firma.


SE COPIA LO QUE ESTÁ EN CURSIVA DEL DOCUMENTO QUE MAS LAS GUSTE, EL Nº1 O EL Nº 3,  A UN DOCUMENTO DE TEXTO SIMPLE, SE RELLENA CON LOS DATOS PERSONALES,  SE IMPRIME, TRATANDO DE OCUPAR LO MENOS POSIBLE, APODER SER, UN FOLIO.
HAY DOS OPCIONES:

UNA - SE METE EL FOLIO FIRMADO  EN UN SOBRE SIN CERRAR HASTA COMPLETAR EL TRÁMITE) ,  Y SE ACERCA UNO/A A SU OFICINA DE CORREOS MAS CERCANA. SE LLEVA UNA COPIA DEL DOCUMENTO.  SE MADNA EN SOBRE ABIERTO CERTIFICADO AL LUGAR DONDE RESIDE LA SOBERANÍA NACIONAL, AL CONGRESO (LA DIRECCIÓN ESTÁ INDICADA EN EL MISMOS DOCUMENTO). SE PIDE AL FUNCIONARIO DE CORREOS QUE NOS SELLE NUESTRA COPIA, PARA CONSERVARLA.

SEGUNDA- LO MISMO, PERO SIN SOBRE Y MÁS BARATO AÚN (EL CORREO CERTIFICADO PUEDE COSTAR HASTA CUATRO EUROS). SE ACERCA UNO A CUALQUIER ADMINISTRACIÓN CON LAS DOS COPIAS Y PREGUNTA POR EL REGISTRO GENRAL DE ESA OFICINA. SE PRESENTA EL DOCUMENTO Y LE SELLAN SU COPIA. LA ADMINISTRACIÓN TIENE LA OBLIGACIÓN DE HACERLO LLEGAR A SU DESTINO AUNQUE SE HAY PRESENTADO EN UNA DELEGACIÓN U OFICINA CUALQUIERA.


CUANTOS MÁS ESCRITOS LLEGUEN AL CONGRESO, MAYOR SERÁ LA PRESIÓN PARA QUE LOS DIPUTADOS SE VEAN OBLIGADOS LEGALMENTE A CONTESTAR. Y MÁS FUERZA TENDREMOS ENTRE TODOS. RECUERDE QUE LA PETICIÓN, DE ACTUARSE, AL MENOS NOS PERMITIRÍA A TODOS PARAR ALGUNAS COSAS. CUANDO UNO QUIERA, VOTA, Y CUANDO NO, PUES NO PASA NADA, EL DIPUTADO SEGUIRÁ CON SU REPRESENTACIÓN.

No lo olviden, la Constitución dice que:  2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado

sábado, 28 de mayo de 2011

Quien se anima a echarle el lápiz a esto? por que estos no están en crisis...

El periodista Daniel Montero publica «La Casta». Recoge, sin piedad, en 280 páginas, los privilegios de los profesionales de la política. Algunos ejemplos:

1.-Con lo que gana Rajoy en un mes, una pensionista con cuatro hijos vive durante dos años y medio.

2.-Tal es el descontrol, que en España no hay ni una sola institución que conozca cuántos políticos cobran del Estado.

3.-Un español tiene una pensión máxima de 32.000 euros anuales, pero los políticos tienen derecho a pensiones vitalicias muy superiores. 74.000 euros en el caso de los primeros espadas de La Casta. Además estas pensiones no son incompatibles con otros sueldos de la Administración o con otras actividades económicas. Un diputado o senador tiene que estar sólo siete años en el cargo para optar a la pensión máxima (32.000 euros), mientras que un trabajador autónomo o por cuenta ajena necesita 35 años cotizados.

4.-La retención de las nóminas de diputados y senadores es sólo del 4,5%

5.-¿Sabía usted que paga de su bolsillo las multas que la DGT impone a los políticos? ¿Y que además las paga con recargo?

6.-¿Viajes innecesarios? Una comisión del Congreso pide permiso para que 60 diputados viajen cuatro días a Canarias a estudiar el cultivo del plátano.

7.-Zapatero es el único presidente de la UE que carga sus gastos vacacionales a los presupuestos estatales. Viaja con 100 personas durante tres semanas.

8.-AZNAR, JOSÉ MARÍA: es el único ex presidente del Gobierno que ha solicitado el sueldo vitalicio que supone sentarse en el Consejo de Estado: 74.000 euros anuales. Nómina que pretendía sumar a la de ejecutivo del magnate de la prensa Rupert Murdoch. Se lo denegaron pero le salió rentable. Aznar renunció por un sueldo de 220.000 euros al año, tres veces más de lo que cobraba como consejero de Estado. [Resulta difícil cifrar, como en el caso de otros ex presidentes, cuánto dinero suman sus actividades privadas y públicas].

9.-ABSENTISMO: no existen datos oficiales sobre la falta al trabajo de los políticos o al menos no se han h! echo públicos.

10.-AVIONES: los diputados pueden utilizar a su antojo con cargo a las arcas del Estado aviones, trenes o barcos. Disponen de 5.000.000 de euros al año para viajes.

11.-BONO, JOSÉ: entre sueldo y complementos, el presidente del Congreso cobra 13.856 euros al mes: 3.126 por diputado, 3.605 como complemento, 3.915 para gastos de representación y 3.210 de libre disposición. Las dos últimas partidas suman más de 6.000 euros mensuales para comidas, regalos y actos de protocolo. Todo este dinero sin contar las indemnizaciones previstas por ley para sufragar «gastos que sean indispensables para el ejercicio de su función».

12.-BOTELLA, JOSÉ: el cuñado de José María Aznar fue fichado en Bruselas, desde las oficinas del PP en esa capital. En el tribunal que lo examinó para funcionario estaba un miembro determinante, Gerardo Galeote, que presidía la delegación popular en Europa. En menos de dos años el hermano de Ana Botella se blindó con un sueldo europeo para toda la vida.

13.-CALDERA, JESÚS: el ex ministro de Trabajo y Asuntos Sociales recibe 6.319 euros mensuales por su escaño en la cámara baja, donde redondea su sueldo como vocal de la Diputación Permanente y presidente de una comisión. Cuando era ministro subió el salario mínimo a 600 euros. Cuatro años después, su sueldo es 10 veces superior a esa cifra, que recibe simp! lemente por no abrir la boca. Caldera no ha presentado ni una sola iniciativa ni ha intervenido en el Congreso desde que comenzó la actual legislatura. Al final, cobró en 2009 más de 120.000 euros por los servicios prestados.

14.-CARGOS: Hay 8.112 alcaldes, 65.896 concejales, 1.206 parlamentarios autonómicos, 1.031 diputados provinciales, 650 diputados y senadores, 139 responsables de Cabildos y Consejos insulares y 13 consejeros del Valle de Arán.

15.-CASTIGO: nunca se ha sancionado a ningún político por incumplir el Código del Buen Gobierno, que se supone que controla las buenas prácticas del Ejecutivo.

16.-COCHES: el lujo de muchos dirigentes autonómicos les lleva a sentar sus posaderas en automóviles de más de 100.000 euros. Gallardón, el alcalde de Madrid, se mueve en un Audi A8 de 591.624 euros. Fue contratado en arrendamiento hasta 2011, así que el alcalde gasta 150.000 euros al año del bolsillo de sus ciudadanos para moverse por la ciudad y alrededores. Catorce de los 17 presidentes autonómicos usan Audi. El valenciano Francisco Camps tiene varios a su disposición (esa comunidad dispone de 200 vehículos para sus altos cargos, la mayoría de ellos Volvo S80, de 40.000 euros), lo mismo que sucedía con Chaves en Andalucía, cuyo Gobierno cuenta con 234 coches oficiales.

17.-CHAVES, MANUEL: cobra al año 81.155 euros por ser ministro más una indemnización de 46.000 al año por abandonar la presidencia de Andalucía. O sea, 127.155 euros anuales. Dos sueldos del Estado compatibles sólo para altos cargos. Para los demás españoles está prohibido por ley.

18.- DESPILFARRO: el Congreso gasta cada año 160.000 euros en regalos navideños. 11.000 cargos públicos reciben obsequios por esas fechas, un gasto que suma al año 2.200.000 euros.

19.-DEUDAS: cada español debe a los bancos 566 euros por la deuda de los ayuntamientos.
20.-DESCONTROL: es tal en la administración de fondos públicos que en España no hay ni una sola institución que conozca cuántos políticos cobran del Estado.

21.-DIETAS: los parlamentarios que no viven en Madrid reciben, además del sueldo, otros 1.823 euros al mes por sus supuestos gastos de manutención y alojamiento. Los locales, 870 para gastos, libres de impuestos. La suma de estos sencillos complementos supera el sueldo de 12 millones de ciudadanos. Además, cobran 150 euros cada día si salen al extranjero, y 120 si viajan por el país.

22.-ENCHUFADOS: hasta hace tres meses, cada eurodiputado disponía de 17.140 euros al mes para contratar a familiares. El ex presidente del PP de Cataluña y vicepresidente de la cámara europea, Alejo Vidal-Quadras, puso en nómina! como secretario en Bruselas a Albert Fuertes, hermano de su esposa. Y el eurodiputado cacereño del PP, Felipe Camisón (fallecido en mayo de 2009) contrató a su cónyuge como asistente, al igual que hizo la también diputada popular Cristina Gutiérrez-Cortines con su hija. Y lo mismo hizo el socialista Enrique Barón con la hija de un militante afín. [En la actualidad, los familiares directos han sido eliminados de las plantillas de los diputados españoles. Sin embargo, los parientes de sangre han sido reemplazados por personal próximo al partido].

23.- FUNDACIONES: 52 políticos nacionales ocupan cargos en 74 funda! ciones distintas: 31 por el PSOE, 28 por el PP y 4 por el resto de grupos. La conservadora Soledad Becerril parece la más activa: es miembro del patronato de seis fundaciones. No todas tienen un marcado carácter político.

24.-GUERRA REINA, ALFONSO: hijo del ex vicepresidente del Gobierno, Alfonso Guerra. Fue elegido a dedo como asistente del vicepresidente del Parlamento Europeo, el socialista Miguel Ángel Martínez. Más de 140 millones al año se van en sueldos de 1.200 recomendados. Con ese dinero se podrían mantener los servicios de una ciudad española de 115.000 habitantes durante un año.

25.- HACIENDA: la retención de las nóminas de los diputados y senadores es sólo del 4,5%.

26.-HORAS EXTRAS: en 2008 el Gobierno de La Rioja pagó 200.000 euros extras a sus conductores. Realizaron 870.182 kilómetros, unos 2.300 al día, lo suficiente para cruzar tres veces España de este a oeste. Un gasto curioso ya que es la comunidad más pequeña del país y que su población es inferior a la de cualquier ciudad dormitorio de Madrid. El uso de coches oficiales para asuntos particulares es una práctica tan común como soterrada.

27.-IBARRETXE, JUAN JOSÉ: el ex lehendakari del Gobierno vasco recibe unos 45.000 euros al año, la mitad de lo que ingres! aba cuando era presidente. Y lo cobrará de por vida, igual que todos los miembros de su ejecutivo. Este tipo de jubilaciones están muy por encima del límite legal para el resto de los españoles, que no pueden cobrar más de 32.000 euros anuales, por mucho que hayan cotizado toda su vida.

28.-IMPUESTOS: un ciudadano, por ejemplo, de Madrid sustenta con sus impuestos el salario de 27 concejales, 120 parlamentarios de la Asamblea madrileña, 264 senadores, 350 diputados nacionales y 54 del Parlamento Europeo. ! En total, 815 cargos electos con un sueldo base que supera los 3.000 euros. Y sin contar los puestos de confianza que arrastra cada uno.

29.-JUBILADO DE ORO: tras abandonar el FMI, Rodrigo Rato regresó a España con una ! pensión vitalicia de 80.000 dólares anuales. Sumados al sueldo de ex ministro, en 2006 percibía 37.070 euros mensuales. [Un español necesita cotizar al menos 35 años, 15 con la base más alta, para poder cobrar la jubilación máxima de 32.000 euros al año].

30.-MARISCADAS: no hay límite legal para las comidas de representación de los políticos españoles. Tampoco hay fiscalización previa a la hora de compra! r jamón, champán o puros de alta cava. Ejemplo descontrol es el socialista valenciano Vicent Costa. Acababa de perder las elecciones municipales a favor del PP, pero seguía siendo alcalde en funciones. Y como tal se gastó casi 500 euros del dinero público en gambas, cigalas, langosta, navajas, jamón y caldereta. Una buena despedida.

31.-MÓVILES: los senadores cuentan con 1,7 millones de euros al año para gastos de teléfono. El ayuntamiento de San Lúcar de Barrameda tenía 270 dados de alta. Entre los servicios ! que pagó figuran descargas de juegos, llamadas a Cuba y a varias líneas eróticas.

32.-MOROSOS: los miembros de La Casta invirtieron 66,6 millones de euros en la celebración de las elecciones general de 2008. De ese dinero, 44 millones fueron prestados por bancos españoles para financiar campañas publicitarias megalógamas. Las mismas entidades que ese año de crisis embargó las casas a 60.000 familias por falta de liquidez. 180.000 personas se quedaron sin techo. Sin embargo, los partidos de La Casta deben a los! bancos 144,8 millones de euros.

33.-NEGOCIOS: sólo el 33% de los diputados del Congreso se dedica en exclusiva a su labor política. El resto engorda sus cuentas corrientes con la participación en empresas privadas, fundaciones y colaboraciones varias. Algunos, como el diputado del PP Miguel Ángel Cortés, aglutinan hasta 12 actividades extraparlamentarias.

34.- NÓMINAS: los sueldos de los políticos electos (80.000 miembros de La Casta, que llenarían un estadio como el del Real Madrid) cuestan a los ciudadanos unos 720 millones de euros al año, más que el presupuesto anual de toda la red ferroviaria, tres veces superior al dinero dedicado a cuidar el patrimonio nacional y 60 veces más que lo que gasta el país en salud bucodental para jóvenes.

35.- PAJÍN, LEIRE: en 2000 se coronó como la diputada más joven de España. Ocho años después, con 33 de edad, ya tiene derecho a una indemnización de 85.000 euros anuales del Estado. Recibe 5.500 euros al mes por su trabajo al frente del PSOE, tiene derecho al 80% de su sueldo como ex secretaria de Estado de Cooperación, 103.000 euros anuales con todos los complementos, a lo que hay que sumar 3.126 como senadora.

36.-PENSIÓN DE ESCÁNDALO: los ex ministros mantienen durante dos años una pensión por cese de 58.000 euros anuales, cifra seis veces superior a la pensión media española. En la actualidad, cuatro ex ministros compatibilizan ese dinero con el sueldo de diputado: José Anton! io Alonso, Fernández Bermejo, María Antonia Trujillo y Jesús Caldera.

37.-PROSTITUTAS: el concejal de Palma de Mallorca, Rodrigo de Santos, gastó más de 50.000 euros en prostitutos y bares de ambiente. En Estepona, varios miembros municipales están siendo investigados por cobrar 42.000 euros a una red investigada por la Audiencia Nacional para abrir un local de alterne. En 2002, el ex alcalde de Dolores (Alicante) fue condenado a seis meses de prisión por abonar la factura de un local de altern! e, al que acudió con siete comensales.

38.-REGALOS: no hay una ley concreta sobre los obsequios que pueden aceptar o no los políticos. En EEUU, por ejemplo, pasan al Estado. Condolezza Rice recibió el año pasado en sus viajes oficiales joyas por valor de 360.000 euros. Aquí nadie tiene obligación de declararlos. Se pueden quedar con ellos. Sin más.

39.-SOLBES, PEDRO: tras dejar la política en abril de 2009, el ex ministro de Economía se encontró con un retiro de unos 12.000 euros mensuales (una pensión de 2.725 euros por ser funcionario, su pensión vitalicia como ex comisario europeo y otros 5.700 al mes como compensación, durante dos años, por ex ministro). A Solbes, pues, le esperaba una jubilación cinco veces mayor que la de cualquier español.

40.-SECRETOS: el oscurantismo sobre los gastos llega al absurdo. El Parlamento Europeo cuenta con una Oficina de Lucha Contra el Fraude (OLAF, por su siglas en inglés). Sin embargo, sus informes son confidenciales y su contenido completo sólo es conocido por los parlamentarios. Los votantes pueden saber de las buenas acciones de los políticos, pero sólo La Casta conoce datos sobre el fraude.

41.-SIN LÍMITES: cada parlamento autonómico, diputación o ayuntamiento fija el sueldo de sus cargos electos sin límite ni baremo alguno. José Bolarín, alcalde de Ulea (Murcia), con 900 habitantes, cobra unos 4.000 euros. El de Ricote, cerca del pueblo anterior, se lleva 40.000 al año en una población que no alcanza los 1.300 vecinos. Y la alcaldesa de Marbella, Marisol Yagüe, cobraba más que el presidente del Gobierno: 84.462 euros al año en un ayuntamiento que estaba en bancarrota.

42.-TAXIS: la comodidad de sus señorías para hacer su trabajo es tal que el Congreso regala a los que no disponen de coche propio una tarjeta personalizada con un saldo de 250 mensuales para que viajen en taxi por Madrid.

43.-El secreto del patrimonio del Rey sigue a buen recaudo. Forbes le atribuye una fortuna de 1.900 millones - Formalmente, el único empleo del Rey es el de Jefe de Estado. La Casa Real recibe una asignación pública para su mantenimiento -cosa que sucede desde 1978- que en 2010 ha sido de casi 8.900.000 euros y se dice que cada español aporta 18 céntimos al año a este fin.

y un punto mas añadido.. esto es el el ámbito de la política ... nos queda el ámbito de la justicia y sus sueldos, y gastos .

miércoles, 25 de mayo de 2011

INDECENTE

ARTÍCULO DE PÉREZ REVERET:


                                            INDECENTE     Me gustaría transmitirle al Gobierno pasado, al actual, y al que puede venir lo siguiente:   TENGAN LA VERGÜENZA de hacer un plan para que la Banca devuelva al erario público los miles de millones de euros que Vds. les han dado para aumentar los beneficios de sus accionistas y directivos; en vez de facilitar el crédito a las familias y a las empresas, erradicarlas comisiones por los servicios bancarios y que dejen de cobrar a los españoles más humildes €30.01, cada vez que su menguada cuenta se queda sin saldo. Cosa que ocurre cada 1º de mes cuando les cargan las facturas de colegios, comunidades, telefonía, Etc. y aun no les han abonado la nómina.   PONGAN COTO a los desmanes de las empresas de telefonía y de ADSL que ofrecen los servicios más caros de Europa y de peor calidad.   ELIMINEN la duplicidad de muchas Administraciones Públicas, suprimiendo organismos innecesarios, reasignado a los funcionarios de carrera y acabando con los cargos, asesores de confianza y otros puestos nombrados a dedo que, pese a ser innecesarios en su mayor parte, son los que cobran los sueldazos en las Administraciones Públicas y su teórica función puede ser desempeñada de forma más cualificada por muchos funcionarios públicos titulados y que lamentablemente están infrautilizados.   HAGAN que los políticos corruptos de sus partidos devuelvan el dinero equivalente a los perjuicios que han causado al erario público con su mala gestión o/y sus fechorías, y endurezcan el Código Penal con procedimientos judiciales más rápidos y con castigos ejemplares para ellos.   INDECENTE, es que el salario mínimo de un trabajador sea de 624 €/mes y el de un diputado de 3.996, pudiendo llegar, con dietas y otras prebendas, a 6.500 €/mes. Y bastantes más por diferentes motivos que se le pueden agregar.   INDECENTE, es que un profesor, un maestro, un catedrático de universidad o un cirujano de la sanidad pública, ganen menos que el concejal de festejos de un ayuntamiento de tercera. INDECENTE, es que los políticos se suban sus retribuciones en el porcentaje que les apetezca (siempre por unanimidad, por supuesto, y al inicio de la legislatura).   INDECENTE, es que un ciudadano tenga que cotizar 35/40 años para percibir una jubilación y a los diputados les baste sólo con siete, y que los miembros del gobierno, para cobrar la pensión máxima, sólo necesiten jurar el cargo.   INDECENTE, es que los diputados sean los únicos trabajadores (¿?) de este país que están exentos de tributar un tercio de su sueldo del IRPF.   INDECENTE, es colocar en la administración a miles de asesores = (léase amigotes con sueldos que ya desearían los técnicos más cualificados)   INDECENTE, es el ingente dinero destinado a sostener a los partidos y sindicatos pesebreros, aprobados por los mismos políticos que viven de ellos.   INDECENTE, es que a un político no se le exija superar una mínima prueba de capacidad para ejercer su cargo (ni cultural ni intelectual).   INDECENTE, es el coste que representa para los ciudadanos sus comidas, coches oficiales, chóferes, viajes (siempre en gran clase) y tarjetas de crédito por doquier.   INDECENTE, No es que no se congelen el sueldo sus señorías, sino que NO se lo bajen. INDECENTE, es que sus señorías tengan seis meses de vacaciones al año.   INDECENTE, es que ministros, secretarios de estado y altos cargos de la política, cuando cesan, son los únicos ciudadanos de este país que pueden legalmente percibir dos salarios del ERARIO PÚBLICO.   Y que sea cuál sea el color del gobierno,toooooooodos los políticos se benefician de este moderno "derecho de pernada" mientras no se cambien las leyes que lo regula. ¿Y quiénes las cambiarán? ¿Ellos mismos? Já.   Juntemos firmas para que haya un proyecto de ley con "cara y ojos" para acabar con estos privilegios, y con otros. ¡¡¡ Haz que esto llegue al Congreso a través de tus amigos !!!   ÉSTA SÍ DEBERÍA SER UNA DE ESAS CADENAS QUE NO SE DEBE ROMPER, PORQUE SÓLO NOSOTROS PODEMOS PONERLE REMEDIO A ESTO, Y ÉSTA, SI QUE TRAERÁ AÑOS DE MALA SUERTE SI NO PONEMOS REMEDIO, está en juego nuestro futuro y el de nuestros hijos.

domingo, 24 de abril de 2011

LA NIÑA QUE SILENCIO A LA ONU , EL MEJOR DISCURSO DEL MUNDO.

El 3 de junio de 1992 una niña de 12 años llamada Severn Suzuki quien anteriormente a sus 10 años de edad fundó ECO ( Environmental Childrens Organization ) con sus amigos en la ciudad de Vancouver Canada, se desplazó, junto a un grupo de niños (Vanessa Suttie, Morgan Geisler, Michelle Quigg) pertenecientes a ECO, desde Canada hasta la Conferencia de Medioambiente y Desarrollo "The Earth Summit" celebrada por la ONU en Río de Janeiro. Una vez allí hizo este discurso de 6:32 













Su historia nos confirma queel esfuerzo personal siempre merece la penay que los niños nos ofrecen grandes lecciones como el ejemplo deWilliam Kankwanga, el chico que hizo la luz en su comunidad en Malawi.
Por eso nuestra educación debería ser diferente paraaprovechar y no mutilar la luz con la que vienen todos los niñosal mundo, y especialmente los índigo ahora. Dos ejemplos seríanToshiro Kanamoriy su pedagogía del amor yChristopher Cloudery la pedagogía Waldorf .
Este es el famoso discurso que tendría que ser unmantrade los políticos y todos los organismos oficiales en el 2009 y que también nos podemos aplicar los ciudadanos para hacer de verdad un mundo habitable. Y no hablamos dederecho a soñarsino de derecho a VIVIR.
Hola,:
 
Soy Severn Suzuki y hablo por ECO (Environmental Children’s Organisation), Organización Infantil del Medio Ambiente. Somos un grupo de niños de 13 y 14 años de Canadáintentando lograr un cambio: Vanessa Suttie, Morgan Geisler, Michelle Quigg y yo.
Recaudamos nosotros mismos el dinero para venir aquí, a cinco mil millas, para deciros a vosotros, adultos, quetenéis que cambiar vuestra forma de actuar.Al venir aquí hoy, no tengo una agenda secreta.Lucho por mi futuro.
Perder mi futuro no es como perder unas elecciones o unos puntos en el mercado de valores. Estoy aquí para hablar en nombre de todas las generaciones por venir. Estoy aquí para hablar en defensa de los niños hambrientos del mundo cuyos lloros siguen sin oírse. Estoy aquí para hablar por los incontables animales que mueren en este planeta porque no les queda ningún lugar adonde ir. No podemos soportar no ser oídos.
Tengo miedo de tomar el sol debido a los agujeros en la capa de ozono. Tengo miedo de respirar el aire porque no sé qué sustancias químicas hay en él. Solía ir a pescar a Vancouver, mi hogar, con mi padre hasta que hace unos años encontramos un pez lleno de cánceres. Y ahora oímos que los animales y las plantas se extinguen cada día, desvaneciéndose para siempre.
Durante mi vida, he soñado con ver las grandes manadas de animales salvajes y las junglas y bosques repletas de pájaros y mariposas, pero ahora me pregunto si existirán siquiera para que mis hijos los vean.
¿Tuvieron que preguntarse ustedes estas cosas cuando tenían mi edad?
Todo esto ocurre ante nuestros ojos y seguimos actuando como si tuviéramos todo el tiempo que quisiéramos y todas las soluciones. Soy solo una niña y no tengo todas las soluciones, pero quiero que se den cuenta: ustedes tampoco las tienen.
No saben como arreglar los agujeros en nuestra capa de ozono. No saben como devolver a los salmones a aguas no contaminadas. No saben como resucitar un animal extincto. Y no pueden recuperar los bosques que antes crecían donde ahora hay desiertos.
Si no saben como arreglarlo, por favor, dejen de romperlo.
Aquí, sois delegados de gobiernos, gente de negocios, organizadores, reporteros o políticos, pero en realidad sois madres y padres, hermanos y hermanas, tías y tíos, y todos vosotros sois el hijo de alguien.
Aún soy solo una niña, y sé quetodos somos parte de una familia formada por cinco billones de miembros, de hecho por treinta millones de especies, y todos compartimos el mismo aire, agua y tierra. Las fronteras y los gobiernos nunca cambiarán eso.
Aún soy solo una niña, y sé que todos estamos juntos en esto y debemos actuar como un único mundo tras un único objetivo.
En mi rabia no estoy ciega, y en mi miedo no estoy asustada de decir al mundo como me siento.
En mi país derrochamos tanto…Compramos y despilfarramos, compramos y despilfarramos, y aún así así los países del Norte no comparten con los necesitados. Incluso teniendo más que suficiente, tenemos miedo de perder parte de nuestros bienes, tenemos miedo de compartir.
En Canadá vivimos una vida privilegiada, plena de comida, agua y protección. Tenemos relojes, bicicletas, ordenadores y televisión.
Hace dos días, aquí en Brasil, nos soprendimos cuando pasamos algún tiempo con unos niños que viven en la calle. Y uno de esos niños nos dijo: “Desearía ser rico, y si lo fuera, daría a todos los niños de la calle comida, ropas, medicinas, hogares y amor y afecto”.
Si un niño de la calle que no tiene nada está deseoso de compartir, ¿por qué somos nosotros, que lo tenemos todo, tan codiciosos?
No puedo dejar de pensar que esos niños tienen mi edad, que el lugar donde naces marca una diferencia tremenda, que podría ser uno de esos niños que viven en las favellas de Río; que podría ser un niño muriéndose de hambre en Somalia; una víctima de la guerra en Oriente Medio o un mendigo en India.
Aún soy solo una niña y se que si todo el dinero gastado en guerras se utilizara para acabar con la pobreza y buscar soluciones medioambientales, qué lugar maravilloso sería la Tierra.
En la escuela, incluso en el jardín de infancia, nos enseñan a comportarnos en el mundo. Ustedes nos enseñan a no pelear con otros, a arreglar las cosas, a respetarnos, a enmendar nuestras acciones, a no herir a otras criaturas, a compartir y no ser codiciosos. ¿Entonces por qué salen fuera y se dedican a hacer las cosas que nos dicen que no hagamos?.
No olviden por qué asisten a estas conferencias, lo hacen porque nosotros somos sus hijos. Están decidiendo el tipo de mundo en el que creceremos. Los padres deberían poder confortar a sus hijos diciendo: “todo va a salir bien”, “esto no es el fin del mundo” y “lo estamos haciendo lo mejor que podemos”.
Pero no creo que puedan decirnos eso más. ¿Estamos siquiera en su lista de prioridades? Mi padre siempre dice: “Eres lo que haces, no lo que dices”.
Bueno, lo que ustedes hacen me hace llorar por las noches. Ustedes, adultos, dicen que nos quieren. Os desafío: por favor, haced que vuestras acciones reflejen vuestras palabras. Gracias.


Palabras que estremecen